Acerca de registro de marcas
Acerca de registro de marcas
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i) los signos que se hubiesen solicitado o registrado por quien no tuviese legítimo interés o por quien conocía o debiera conocer que el signo pertenecía a un tercero;
Además, el registro de una marca en Paraguay aumenta el valor y la comerciabilidad de la propiedad intelectual, atrayendo potencialmente a inversores y facilitando las oportunidades de concesión de licencias. aún indica un compromiso con los derechos de propiedad intelectual, lo que puede ser humanitario para las empresas que buscan asociaciones y colaboraciones.
Artículo 74.- No podrá constituir nombre comercial un signo que por su índole o por el uso que pudiera hacerse de él sea contrario a la moral o al orden manifiesto, o que pueda inducir a simulación o confusión a los medios comerciales y a los consumidores, sobre la identidad o la naturaleza de la empresa designada con ese nombre.
Registrar una marca en Paraguay es esencial por varias razones de peso. En primer lugar, el registro de la marca otorga la propiedad lícito y los derechos exclusivos de uso de la marca, protegiéndola del uso no calificado por parte de competidores y falsificadores.
Artículo 86.- Tratándose de productos con marca falsa, no bastará la simple supresión o remoción de la marca para permitir que se introduzcan esos productos en el comercio.
Artículo 45.- Para que surta fin contra terceros deberá inscribirse en la Dirección de la Propiedad Industrial todo cambio de nombre, domicilio, modificación de forma jurídica, fusión u otra alboroto sobre el titular de la marca.
De hecho, cuando se alcahuetería de la industria del lujo, la fuerza de la marca juega un papel clave. Sin bloqueo, es fundamental para hacer la marca crecer juntos con una saco sólida.
Artículo 12.- La prelación en el derecho a obtener el registro de una marca se determinará por la aniversario y hora presentada ante la Dirección de la Propiedad Industrial. En la solicitud de registro se podrá invocar la prioridad basada en una solicitud de registro precedente, para la misma marca y los mismos productos o servicios, que resulte de algún deposito realizado en algún Estado obligado con un tratado o convenio al cual el Paraguay estuviese vinculado.
Si una marca no es renovada antaño de su fecha de vencimiento, existe un período de gracia de seis (6) meses posteriores para la renovación tardía, que requiere el pago de un recargo.
Artículo 136.- Las disposiciones de los códigos de fondo y forma en materia civil y penal se aplicarán en forma supletoria.
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Artículo 43.- La cesión o transmisión de toda marca registrada, cuando se realizare Interiormente read more del distrito Doméstico, deberá efectuarse por escritura pública.
Artículo 46.- La competición al registro de una marca deberá deducirse en escrito fundado en presencia de la Dirección de la Propiedad Industrial, hasta el vencimiento del plazo de sesenta días hábiles, computado a partir del primer día hábil próximo al de la última publicación.
Artículo 33.- La inscripción de la osadía de uso podrá ser solicitada por el licenciante o por el licenciatario, sin perjuicio de lo previsto en el acuerdo.
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